Se creará un nuevo fondo, que se hará cargo del pago de 8
días por año de antigüedad en la indemnización que corresponda en caso de
despido individual o colectivo. Los trabajadores que no hayan dispuesto del
fondo a lo largo de su carrera laboral, acumularán dicho fondo a la pensión de
jubilación.
Mantenimiento de la ultraactividad de los convenios durante
el periodo de renegociación y establecimiento de un periodo máximo de 18 meses,
durante el cual deberá acudirse a resolver las discrepancias en un procedimiento
arbitral.
Se desarrollará un Plan de recolocación externa de
trabajadores despedidos destinado prioritariamente a los mayores de 45 años.
Las personas desempleadas de larga duración que no dispongan
de prestaciones, tendrán derecho al cobro de una Renta de Reintegración. podrán
beneficiarse de este programa todo el tiempo necesario hasta que se culmine su
reintegración en el mercado de trabajo.
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